MUSEO VIRTUAL DE

 

HISTORIA DE LA MASONERÍA

   

  REAL DECRETO DE FERNANDO VI PROHIBIENDO LA FRANCMASONERÍA 

         Aranjuez, 2 de julio de 1751

 

         “Hallándome informado de que la invención de los que se llaman Franc-Masones es sospechosa a la Religión y al Estado, y que como tal está prohibida por la Santa Sede debaxo de Excomunión, y también por las leyes de estos Reynos, que impiden las Congregaciones de muchedumbre, no constando sus fines, e institutos a su Soberano: He resuelto atajar tan graves inconvenientes con toda mi autoridad; y en su consecuencia prohíbo en todos mis Reynos las Congregaciones de los Franc-Masones, debaxo de la pena de mi Real Indignación, y de las demás que tuviese por conveniente imponer a los que incurrieren en esta culpa: Y mando al Consejo que haga publicar esta prohibición por Edicto en estos mis Reynos, encargando en su observancia, al zelo de los Intendentes, Corregidores y Justicias, asseguren a los contraventores, dándoseme cuenta de los que fueren por medio del mismo Consejo, para que sufran las penas que merezca el escarmiento: En inteligencia de que he prevenido a los Capitanes Generales, a los Gobernadores de Plazas, Gefes Militares e Intendentes de mis Exércitos, y Armada Naval, hagan notoria, y zelen la citada prohibición, imponiendo a cualquiera Oficial, o Individuo de su jurisdicción, mezclado o que se mezclare en esta Congregación, la pena de privarle y arrojarle de su empleo con ignominia. Tendráse entendido en el Consejo, y dispondrá su cumplimiento en la parte que le toca”.

          Archivo Histórico Nacional, Madrid, Osuna, 3117; Consejos, Alcaldes de Casa y Corte, año 1751, fols. 314-315; Consejos, libro 1480, fols.355-6; libro 1516, núm. 66 (Suplemento a la Novísima Recopilación).

            
  

 

 
             
  

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